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Alto a cobrar comisiones por el uso de tarjetas de crédito o débito en comercios y servicios.

Para asombro de muchos, los diputados alcanzaron un consenso para aprobar con 446 votos a favor y cero en contra, una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con la que se prohíbe a los prestadores de bienes y servicios hacer cobros de comisión a sus consumidores, cuando estos paguen con tarjetas bancarias ya sea crédito o débito.

“Los consumidores no tendrían que pagar tarifas adicionales cada vez que utilizan sus tarjetas bancarias. Su regulación permitirá, sin duda, un acceso más equitativo a los Servicios Financieros y promoverá una mayor inclusión financiera en nuestra sociedad”, expresó el diputado René Reyes Figueroa, durante su mensaje ante la Cámara de Diputados en la discusión de este proyecto que obtuvo la aprobación de todos los presentes.

Esta reforma adiciona un artículo 7 Ter y reforma el artículo 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y su incumplimiento podría sancionarse con multas que van desde los $701.15  hasta los $2,243,671.49

Como parte del acuerdo aprobado, se expuso que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ha detectado que algunos comercios aplican una comisión o cargo extra del 3 al 5 por ciento del valor total de la compra cuando los consumidores realizan el pago por medio de tarjeta crédito o de débito, lo cual incumple con los contratos bancarios que proveen las terminales, pues en ellos se establece que su uso no debería repercutir en el consumidor.

En entrevista para MVS Noticias, Eduardo Torreblanca destacó la acción unánime de los legisladores en esta decisión y que aun cuando los negocios sean pequeños, no es legal cobrar a los consumidores cargos extras por pagar con tarjeta de crédito o débito.

Posterior a esta aprobación en la Cámara de Diputados, el dictamen fue turnado al Senado.

Si un comercio pretende cobrar la comisión por el pago de bienes o servicios con tarjeta bancaria, la Condusef recomienda cancelar la compra y acudir a otro establecimiento que no te cobre comisión, presentar tu queja ante la institución bancaria dueña de la TPV, y en caso de que la institución bancaria no atienda dicha queja, acudir ante la CONDUSEF, la cual orientará al usuario, o bien, acudir a la Profeco.

El dictamen, que adiciona un artículo 7 Ter y reforma el artículo 127, se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.